A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Lady Carolina Ruiz Castro·Demandado Cnsc
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 12 Penal del Circuito Especializado Itinerante de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente asunto solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el segundo despacho mencionado remitió la acción de tutela de la referencia al primer juzgado referenciado, sin estudiar de manera adecuada la configuración de la triple identidad entre la acción que le había sido repartida y las que conoció la otra autoridad.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 12 Penal del Circuito Especializado Itinerante de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le hace una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, se abstenga de desprenderse del conocimiento de una acción de tutela con base en las reglas de reparto de tutela masiva sin realizar una verificación detallada de los presupuestos establecidos para dar aplicación a dicha figura y, por lo tanto, motivar suficientemente su decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos del 18 y el 28 de marzo de 2022, proferidos por el Juzgado 12 Penal del Circuito Especializado Itinerante de Bogotá dentro del trámite de la acción de tutela formulada por la señora Lady Carolina Ruiz Castro contra la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Francisco de Paula Santander.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4173 al Juzgado 12 Penal del Circuito Especializado Itinerante de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 12 Penal del Circuito Especializado Itinerante de Bogotá que, en lo sucesivo, se abstenga de desprenderse del conocimiento de una acción de tutela con base en las reglas de reparto de tutela masiva sin realizar una verificación detallada de los presupuestos establecidos para dar aplicación a dicha figura y, por lo tanto, motivar suficientemente su decisión.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.